Ojoo!!!! Estos son los motivo por los que una asociación sindical se puede disolver o liquidar

  • Por cumplirse cualquiera de los eventos previstos en los Estatutos.
  • Por acuerdo, con menos de las dos terceras partes (2/3) de los miembros de la organización, adopatado en la Asamblea General y con las firmas de los asistentes.
  • Por sentencia judicial
  • Por reducción de los afiliados a un número inferior a 25.

Y  ¿Qué pasa con las deudas y/o los recursos que tenía la Organización?

Sencillo.... Entérate:


Según el art. 402 del Código Laboral, el liquidador designado por los afiliados o por el juez deberá en primera instancia revisar los fondos, pagar las deudas de la organización así como los gastos de liquidación y si no tuviera deudas o quedara algún bien, se le regresará a los miembros activos las sumas que aportaron como aportes ordinarios.  Si aún así quedan recursos, se le entregarán a la organización sindical designada para ello en los estatutos o por la Asamblea General.


Referencia Bibliográfica:


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