¿Sabes cómo se pierde el fuero sindical?
Ya sabes que el fuero sindical es "la garantía que tienen los afiliados previniendo algún cambio en sus condiciones laborales sin justa causa" (Código Sustantivo del Trabajo, Artículo 405).
Ahora que sabes qué es un fuero sindical, conoce su duración:
¿Cómo se levanta el fuero?
A través de una acción judicial denominada "Acción de levantamiento del fuero sindical" que es ejercida por el empleador para solicitarle al juez laboral autorización para despedir, desmejorar o trasladar a un trabajador que goza de fuero sindical. El empleador para lograr su propósito deberá probar ante el juez una justa causa. Si demuestra lo anterior el juez dictará una sentencia o fallo autorizando el despido o la desmejora o el traslado, según se haya solicitado" (C.S.T.)
Qué pasa si despide un empleado con fuero sindical?
¿Qué hacer?
1. En caso que algún trabajador con fuero sindical sea despedido sin justa causa, o se desmejoren sus condiciones de trabajo, se recomienda en primera medida, antes de acudir a las autoridades, solicitar por escrito o de manera verbal al empleador el reintegro inmediato al trabajo, o de ser el caso, el restablecimiento a las mismas condiciones.
2. Si a pesar de haber presentado la solicitud referida en el numeral anterior, el empleador hace caso omiso, usted puede acudir al inspector del trabajo para este investigue la situación, y de ser el caso, inicie el procedimiento administrativo sancionatorio en contra del empleador.
3. Si usted ha intentado solucionar su conflicto laboral sin obtener una respuesta favorable, puede presentar una demanda ante el juez laboral del último lugar donde se haya prestado el servicio o del domicilio del demandado, es decir del empleador.
Si se logra comprobar dentro del proceso señalado, denominado: “levantamiento del fuero sindical”, que el trabajador fue despedido desconociendo las normas previstas en relación al fuero sindical, el juez ordenará su reintegro y ordenará condenar al empleador a pagarle los salarios dejados de percibir por causa del despido. Si fue desmejorado, deberá reestablecer las condiciones en las cuales se encontraba antes.
¿El trámite tiene costo? No
¿Necesita abogado? Sí
¿A quién se acude?
INSPECCIÓN DE TRABAJO
Ahora que sabes qué es un fuero sindical, conoce su duración:
¿Cómo se levanta el fuero?
A través de una acción judicial denominada "Acción de levantamiento del fuero sindical" que es ejercida por el empleador para solicitarle al juez laboral autorización para despedir, desmejorar o trasladar a un trabajador que goza de fuero sindical. El empleador para lograr su propósito deberá probar ante el juez una justa causa. Si demuestra lo anterior el juez dictará una sentencia o fallo autorizando el despido o la desmejora o el traslado, según se haya solicitado" (C.S.T.)
Qué pasa si despide un empleado con fuero sindical?
¿Qué hacer?
1. En caso que algún trabajador con fuero sindical sea despedido sin justa causa, o se desmejoren sus condiciones de trabajo, se recomienda en primera medida, antes de acudir a las autoridades, solicitar por escrito o de manera verbal al empleador el reintegro inmediato al trabajo, o de ser el caso, el restablecimiento a las mismas condiciones.
2. Si a pesar de haber presentado la solicitud referida en el numeral anterior, el empleador hace caso omiso, usted puede acudir al inspector del trabajo para este investigue la situación, y de ser el caso, inicie el procedimiento administrativo sancionatorio en contra del empleador.
3. Si usted ha intentado solucionar su conflicto laboral sin obtener una respuesta favorable, puede presentar una demanda ante el juez laboral del último lugar donde se haya prestado el servicio o del domicilio del demandado, es decir del empleador.
Si se logra comprobar dentro del proceso señalado, denominado: “levantamiento del fuero sindical”, que el trabajador fue despedido desconociendo las normas previstas en relación al fuero sindical, el juez ordenará su reintegro y ordenará condenar al empleador a pagarle los salarios dejados de percibir por causa del despido. Si fue desmejorado, deberá reestablecer las condiciones en las cuales se encontraba antes.
¿El trámite tiene costo? No
¿Necesita abogado? Sí
¿A quién se acude?
INSPECCIÓN DE TRABAJO
JUEZ DE LA REPÚBLICA
Para poder despedir, trasladar o desmejorar las condiciones de un trabajador con fuero sindical se requiere una causa justificada, evaluada y aceptada por el juez, las cuales pueden ser:
- La liquidación o clausura definitiva de la empresa o establecimiento y la suspensión total o parcial de actividades por parte del patrono durante más de ciento veinte (120) días.
- Todas aquellas que autoricen a dar por terminado unilateralmente el contrato de trabajo de acuerdo con la ley, es decir, las establecidas en los artículos 62 y 63 del Código Sustantivo de Trabajo.
• Si el trabajador fue despedido o se vieron afectadas sus condiciones de trabajo, sin justa causa y sin autorización del juez, debe presentar dentro de los dos (2) meses siguientes de ocurrida la situación, la respectiva demanda de reintegro por fuero sindical.
• Existen algunas situaciones particulares en las cuales no se requiere autorización del juez laboral para poder efectuar el despido de trabajadores:
(i) La terminación del contrato por la realización de la obra contratada;
(ii) Por la ejecución del trabajo accidental, ocasional o transitorio;
(iii) Por mutuo consentimiento;
(iv) Cuando no se supere el periodo de prueba;
(v) Cuando se retire del servicio a servidores públicos en provisionalidad so pretexto de cumplir con el nombramiento en propiedad resultado del concurso de méritos;
(vi) Sentencia de autoridad competente.
(vii) Cuando se declare judicialmente la ilegalidad de la suspensión colectiva del trabajo.
• Cuando haya lugar a que el contrato se suspenda, según las situaciones descritas por la ley (art. 51 Código Sustantivo del Trabajo ), no requiere intervención judicial.
• Los trabajadores con contrato a término fijo también están amparados por las garantías que ofrece el fuero sindical, siempre y cuando el contrato esté vigente.
• El trabajador amparado por fuero sindical puede ser sujeto de sanciones disciplinarias, de conformidad con el reglamento de la entidad. Fuente:
Código Sustantivo del Trabajo. Fuero Sindical. Artículo 405.. REcuperado de http://aprendeenlinea.udea.edu.co/lms/moodle/pluginfile.php/6071/mod_resource/content/0/Documentos/FUERO_SINDICAL.pdf
Ministerio del Trabajo. ¿Qué hacer si me despiden del trabajo a pesar de tener fuero sindical? REcuperado de https://www.legalapp.gov.co/temadejusticia/despido-de-trabajador-con-fuero-sindical
Para poder despedir, trasladar o desmejorar las condiciones de un trabajador con fuero sindical se requiere una causa justificada, evaluada y aceptada por el juez, las cuales pueden ser:
- La liquidación o clausura definitiva de la empresa o establecimiento y la suspensión total o parcial de actividades por parte del patrono durante más de ciento veinte (120) días.
- Todas aquellas que autoricen a dar por terminado unilateralmente el contrato de trabajo de acuerdo con la ley, es decir, las establecidas en los artículos 62 y 63 del Código Sustantivo de Trabajo.
• Si el trabajador fue despedido o se vieron afectadas sus condiciones de trabajo, sin justa causa y sin autorización del juez, debe presentar dentro de los dos (2) meses siguientes de ocurrida la situación, la respectiva demanda de reintegro por fuero sindical.
• Existen algunas situaciones particulares en las cuales no se requiere autorización del juez laboral para poder efectuar el despido de trabajadores:
(i) La terminación del contrato por la realización de la obra contratada;
(ii) Por la ejecución del trabajo accidental, ocasional o transitorio;
(iii) Por mutuo consentimiento;
(iv) Cuando no se supere el periodo de prueba;
(v) Cuando se retire del servicio a servidores públicos en provisionalidad so pretexto de cumplir con el nombramiento en propiedad resultado del concurso de méritos;
(vi) Sentencia de autoridad competente.
(vii) Cuando se declare judicialmente la ilegalidad de la suspensión colectiva del trabajo.
• Cuando haya lugar a que el contrato se suspenda, según las situaciones descritas por la ley (art. 51 Código Sustantivo del Trabajo ), no requiere intervención judicial.
• Los trabajadores con contrato a término fijo también están amparados por las garantías que ofrece el fuero sindical, siempre y cuando el contrato esté vigente.
• El trabajador amparado por fuero sindical puede ser sujeto de sanciones disciplinarias, de conformidad con el reglamento de la entidad. Fuente:
Código Sustantivo del Trabajo. Fuero Sindical. Artículo 405.. REcuperado de http://aprendeenlinea.udea.edu.co/lms/moodle/pluginfile.php/6071/mod_resource/content/0/Documentos/FUERO_SINDICAL.pdf
Ministerio del Trabajo. ¿Qué hacer si me despiden del trabajo a pesar de tener fuero sindical? REcuperado de https://www.legalapp.gov.co/temadejusticia/despido-de-trabajador-con-fuero-sindical
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