Pensión de invalidez y de sobrevivientes
Pensión de Invalidez
Es la prestación que se reconoce al causante que ha sido declarado inválido con una pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50% por riesgo común y que cumple con el número de semanas mínimas exigidas.
Requisitos: el titular de la prestación económica debe aportar los siguientes documentos con las características indicadas para hacer oficial su solicitud, los cuales deberán ser radicados en los centros de atención al ciudadano
Pensión sobrevivientes
Requisitos: el titular de la prestación económica debe aportar los siguientes documentos con las características indicadas para hacer oficial su solicitud, los cuales deberán ser radicados en los centros de atención al ciudadano
Pensión sobrevivientes
Es la prestación que se reconoce a los beneficiarios cuando fallece el pensionado o afiliado.
Requisitos: el titular de la prestación económica debe aportar los siguientes documentos con las características indicadas para hacer oficial su solicitud, los cuales deberán ser radicados en los centros de atención al ciudadano
Consulta el siguiente link y podrás encotrar todos los requisitos:
Referencias bibliográficas.
Ministerio de Hacienda. UGPP. Pensión por invalidez. Obtenido de https://www.ugpp.gov.co/pensiones/prestaciones-economicas/pension-por-invalidez
Ministerio de Hacienda. UGPP. Pensión por invalidez.Obtenido de https://www.ugpp.gov.co/pensiones/prestaciones-economicas/pension-sobrevivientes

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